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Pacta sunt servanda.

Área de práctica · VI

Investigaciones internacionales, criminalidad transnacional y gestión de crisis

La investigación internacional no es un juicio que comienza: es una relación de poder que se instala, a menudo antes de cualquier acusación formal. Solicitudes de asistencia judicial, registros practicados por cuenta de una autoridad extranjera, congelación de activos, procedimientos paralelos en varias jurisdicciones: la coerción se despliega en varios frentes a la vez. La defensa no consiste en responder a cada acto de forma aislada, sino en cartografiar el conjunto, fijar el orden de los frentes e imponer una estrategia única. La investigación transnacional se gana con arquitectura, no con improvisación.

Solicitud de asistencia judicial mutua; registro o incautación por cuenta de una autoridad extranjera; congelación de activos y recuperación transnacional; criminalidad económica transfronteriza, corrupción, blanqueo de capitales, fraude; procedimientos penales paralelos dirigidos contra la empresa y sus directivos; autodenuncia y justicia negociada, CJIP o DPA; investigación interna y secreto profesional; crisis multijurisdiccional que debe gestionarse con urgencia: la calificación del marco y la coordinación de los frentes preceden siempre a la respuesta.

Investigación y asistencia judicial penal

Solicitudes de asistencia judicial, registros, incautaciones, extradición, cooperación internacional

Criminalidad económica transnacional

Corrupción, blanqueo de capitales, fraude, sanciones, recuperación de activos

Defensa coordinada y gestión de crisis

Procedimientos paralelos, justicia negociada, investigación interna, Crisis Room

En una investigación transnacional, lo que rara vez se pierde es el derecho. Lo que se pierde es el dominio de los frentes, a falta de una estrategia que los ordene.

Identificar su situación

Investigación, asistencia judicial, criminalidad económica: identificar su situación

Seis puertas de entrada, tanto para la empresa como para el directivo. El despacho trata cada una de forma aislada, o varias conjuntamente bajo una estrategia única.

Una empresa o un directivo es objeto de una investigación internacional

Apertura de una investigación en el extranjero, solicitud de asistencia judicial mutua, toma de declaración, registro o incautación por cuenta de una autoridad extranjera. Objetivo: calificar de inmediato el marco, las garantías aplicables y las vías de recurso, antes de que la coerción se consolide.

Están en juego hechos de criminalidad económica transnacional

Corrupción, blanqueo de capitales, fraude, administración desleal o vulneración de sanciones, revestidos de una dimensión transfronteriza. Objetivo: calificar los hechos y los regímenes superpuestos, y construir la defensa sin abrir nuevos frentes.

Un registro, una incautación o una congelación de activos debe impugnarse con urgencia

Una medida se ejecuta en una jurisdicción en beneficio de una autoridad extranjera, a veces más allá de lo solicitado. Objetivo: calificar su base jurídica, verificar el perímetro y el secreto profesional, e iniciar sin demora las vías de recurso.

Se contempla una autodenuncia o una justicia negociada (CJIP, DPA)

Decisión de autodenuncia, de cooperación o de negociación de un convenio judicial de interés público o de un deferred prosecution agreement. Objetivo: evaluar la conveniencia, el perímetro y las consecuencias para las personas físicas.

Una defensa debe coordinarse en varias jurisdicciones

Procedimientos penales paralelos en varios Estados, riesgo de contradicción entre frentes, conflicto de intereses entre la empresa y sus directivos. Objetivo: cartografiar los procedimientos e imponer una estrategia coherente y disciplinada.

Está en juego la cooperación internacional o la recuperación de activos

Fiscalía Europea, equipo conjunto de investigación, recuperación transnacional de activos o crisis institucional. Objetivo: comprender las competencias en juego, proteger los derechos de la defensa y estructurar la respuesta.

Coordinación de los foros

La defensa se gana con la coordinación, nunca con la reacción dispersa.

Una investigación transnacional no es un frente único: cada foro obedece a sus propias reglas.

Diagnóstico estratégico

Señales de alerta y factores agravantes

Ciertos indicios revelan que la situación ya no corresponde a un tratamiento ordinario, sino a una arquitectura de crisis. Estas señales no bastan para calificar jurídicamente el expediente; justifican una cartografía rápida, confidencial y estructurada.

Señales de alerta

  • Solicitud de asistencia judicial, registro o incautación ejecutados por cuenta de una autoridad extranjera.
  • Congelación de activos o transmisión de documentos en varias jurisdicciones.
  • Investigación interna iniciada bajo presión mediática o judicial.
  • Riesgo de CJIP, DPA o cooperación negociada.
  • Posible divergencia entre los intereses de la empresa y los de sus directivos.
  • Intervención de la Fiscalía Europea, de Eurojust o de un equipo conjunto de investigación.

Factores agravantes

  • Falta de coordinación entre los abogados nacionales.
  • Declaraciones contradictorias en varios procedimientos.
  • Investigación interna mal delimitada en cuanto al secreto profesional y a los derechos de las personas entrevistadas.
  • Autodenuncia contemplada sin analizar la exposición de las personas físicas.
  • Defensa de los activos llevada al margen del frente penal.

Errores que evitar

  • Responder a una solicitud de asistencia judicial sin verificar el perímetro y la base convencional.
  • Dejar circular documentos internos sin una estrategia de confidencialidad.
  • Tratar a la empresa y a los directivos como si sus intereses estuvieran necesariamente alineados.
  • Negociar con una autoridad sin cartografiar los demás frentes.
  • Subestimar la admisibilidad y el uso ulterior de las pruebas transmitidas.

Situación 1 · Investigación internacional y asistencia judicial

Investigación internacional y asistencia judicial penal

Solicitudes de asistencia judicial, registros practicados para una autoridad extranjera, extradición: ahí es donde la coerción se materializa, a menudo antes de cualquier acusación.

La asistencia judicial, primer vector de la coerción

La asistencia judicial mutua en materia penal permite a la autoridad de un Estado solicitar de otro Estado la práctica de diligencias de investigación: toma de declaración, registro, incautación, congelación de activos, transmisión de documentos. Se funda en convenios, por ejemplo el Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal de 1959 y sus protocolos, o en acuerdos bilaterales y en los instrumentos de la Unión. Para la persona afectada, es a menudo a través de la asistencia judicial como la coerción se materializa, antes de cualquier acusación formal.

Asistencia judicial, extradición y orden de detención: regímenes que no deben confundirse

La asistencia judicial tiene por objeto diligencias de investigación o de procedimiento; la extradición y la orden de detención tienen por objeto la entrega de una persona con fines de enjuiciamiento o de ejecución de una pena. Las bases convencionales, los motivos de denegación y las garantías difieren. La entrega de una persona y los mecanismos de INTERPOL corresponden principalmente a la práctica de la extradición y de la defensa transnacional, que se articulan con la vertiente de asistencia judicial sin confundirse con ella.

Impugnar un registro o una incautación ejecutados para un Estado extranjero

La prioridad es calificar de inmediato el marco de la medida: autoridad emisora, base convencional, perímetro, garantías aplicables y vías de recurso. Una medida ejecutada en una jurisdicción en beneficio de una autoridad extranjera puede impugnarse cuando excede la solicitud, desconoce el secreto profesional, vulnera el principio de especialidad o supone una injerencia desproporcionada en los derechos. La rapidez de la reacción condiciona la efectividad del recurso.

En la asistencia judicial, la coerción precede a la acusación: es la calificación inmediata de la medida, y no la defensa sobre el fondo, la que abre o cierra los recursos.

Situación 2 · Criminalidad económica transnacional

Corrupción, blanqueo de capitales y fraude transfronterizo

Tipos penales que se solapan, autoridades que se coordinan, recuperación de activos y sanciones: cartografiar antes de tomar posición.

Corrupción, blanqueo de capitales, fraude: regímenes superpuestos

La criminalidad económica transnacional moviliza tipos penales que se solapan y autoridades que se coordinan: corrupción de funcionarios públicos extranjeros, blanqueo de capitales, fraude, administración desleal, financiación ilícita. Una misma operación puede estar sujeta simultáneamente al derecho de varios Estados, a los estándares internacionales y a los regímenes de sanciones, con efectos extraterritoriales. La cartografía de los tipos penales y de los foros precede a cualquier toma de posición.

La recuperación transnacional de activos

La recuperación de activos tiene por objeto identificar, congelar, decomisar y restituir los bienes procedentes de la corrupción, del fraude o del blanqueo de capitales. El capítulo V de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Mérida, 2003) estructura principalmente la cooperación entre Estados, con el apoyo de la iniciativa StAR del Banco Mundial y de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. Tanto para la defensa como para la víctima, la estrategia de activos se construye desde el inicio, en articulación con la vertiente penal.

Sanciones, cumplimiento normativo y zona gris penal

Una operación conforme en una jurisdicción puede generar exposición penal en otra, por efecto de los regímenes de sanciones y de sus prolongaciones extraterritoriales. La vulneración de sanciones, su elusión y la complicidad en su financiación pueden fundar actuaciones penales distintas. El análisis de las licencias, de las exenciones y de la calificación de los flujos condiciona el control del riesgo.

Una operación lícita en el derecho local puede fundar una persecución penal en otro lugar: la criminalidad económica transnacional nunca se lee jurisdicción por jurisdicción, de forma aislada.

Situación 3 · Defensa multijurisdiccional

Defensa coordinada y ne bis in idem

Procedimientos paralelos, coherencia de los frentes, ne bis in idem transnacional y conflictos de intereses entre la empresa y sus directivos.

Coordinar una defensa en varias jurisdicciones

Cada toma de posición en una jurisdicción, ya sea una declaración, un escrito o una respuesta a una solicitud de asistencia judicial, debe ser coherente con las demás. Una contradicción entre frentes es explotada de inmediato por las autoridades y las partes adversas. La coordinación exige una cartografía de los procedimientos, una estrategia común y una disciplina de comunicación unificada, dirigida por un único abogado coordinador.

El principio ne bis in idem en contexto transnacional

El principio ne bis in idem prohíbe perseguir o juzgar dos veces a una misma persona por los mismos hechos. El artículo 4 del Protocolo n.º 7 al Convenio Europeo de Derechos Humanos lo garantiza, en primer término, en el orden interno de un mismo Estado. Su alcance transfronterizo depende del marco aplicable: está particularmente desarrollado en el espacio de la Unión, por el artículo 54 del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen y el artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales. Fuera de ese marco, su alcance internacional sigue siendo limitado y debe apreciarse caso por caso.

Empresa y directivos: intereses que pueden divergir

Los intereses de la persona jurídica y los de sus directivos pueden divergir: una posición favorable a la empresa, como una autodenuncia o una cooperación, puede debilitar a personas físicas, y a la inversa. La defensa debe anticipar estos conflictos de intereses, organizar abogados distintos cuando resulte necesario y preservar la coherencia de conjunto sin sacrificar los derechos de cada uno.

Una investigación transnacional no se pierde en cuanto al fondo: se pierde por la contradicción entre frentes, explotada por el adversario.

Situación 4 · Justicia negociada e investigación interna

Justicia negociada e investigación interna

Autodenuncia, CJIP y DPA, investigación interna delimitada y protección del secreto profesional: armas de doble filo.

Autodenuncia y justicia negociada

La autodenuncia y los mecanismos de justicia negociada, como el convenio judicial de interés público en derecho francés, creado por la Ley de 9 de diciembre de 2016, o el deferred prosecution agreement en otras jurisdicciones, pueden, en determinadas configuraciones, reducir la exposición de la persona jurídica, pero también desplazar o agravar la exposición de los directivos y de las personas físicas. El convenio judicial de interés público permite a una persona jurídica evitar un proceso penal a cambio de una multa y, en su caso, de un programa de cumplimiento normativo, sin reconocimiento de culpabilidad. La decisión de recurrir a él debe integrar sus efectos en todos los frentes abiertos o previsibles.

La investigación interna, conducida con método

La investigación interna permite a una empresa establecer los hechos, calificar los incumplimientos y decidir su respuesta antes o durante un procedimiento. En Francia, la Agencia Francesa Anticorrupción y la Fiscalía Nacional Financiera han publicado una guía práctica sobre las investigaciones internas anticorrupción. Su perímetro, la protección de datos, el respeto de los derechos de las personas entrevistadas y la trazabilidad de las constataciones deben delimitarse desde el origen.

Proteger el secreto profesional y el legal privilege

La protección de las comunicaciones y de los documentos varía considerablemente según las jurisdicciones: el legal privilege del common law, el secreto profesional del abogado en derecho francés y la protección de los juristas de empresa no tienen ni el mismo perímetro ni el mismo alcance. Una investigación interna conducida sin delimitación puede hacer perder el beneficio de la confidencialidad y exponer sus propias constataciones. La estructuración de la confidencialidad es una condición de la investigación, no un detalle.

La justicia negociada y la investigación interna son armas de doble filo: mal delimitadas, producen las pruebas de la acusación.

Situación 5 · Cooperación y gestión de crisis

Fiscalía Europea, JIT y Crisis Room

Competencias en juego, equipos conjuntos de investigación, recuperación de activos y respuesta de urgencia multijurisdiccional bajo mando único.

La Fiscalía Europea y las competencias en juego

La Fiscalía Europea, instituida por el Reglamento (UE) 2017/1939 y operativa desde el 1 de junio de 2021, solo es competente respecto de las infracciones que perjudican los intereses financieros de la Unión, definidas por la Directiva (UE) 2017/1371, denominada Directiva PIF: fraude, corrupción, malversación y blanqueo de capitales vinculados a ellas. Identificar la competencia realmente en juego, nacional, europea o combinada, condiciona la estrategia de defensa y los derechos invocables.

Los equipos conjuntos de investigación

Un equipo conjunto de investigación reúne, sobre la base de un acuerdo, a las autoridades de dos o más Estados para llevar a cabo conjuntamente investigaciones sobre hechos transnacionales, con intercambio directo de información y de pruebas; Eurojust apoya su constitución y su funcionamiento. Este marco acelera la circulación de la prueba y exige una vigilancia particular sobre los derechos de la defensa y la admisibilidad de los elementos recabados.

La Crisis Room, la respuesta de urgencia multijurisdiccional

La Crisis Room es el dispositivo de intervención de urgencia del despacho. Cuando una investigación, un registro, una congelación de activos, una detención o una crisis mediática se producen simultáneamente en varias jurisdicciones, la prioridad es una calificación confidencial inmediata y la puesta en marcha de una coordinación centralizada, jurídica, informativa e institucional, bajo mando único.

En una crisis multijurisdiccional, el primer acto decisivo no es un escrito: es el establecimiento de un mando único sobre todos los frentes.

Esquemas de riesgo

Configuraciones de exposición recurrentes

Situaciones identificables, en las que la calificación inicial y el orden de los actos deciden el desenlace.

Registro o incautación por cuenta de una autoridad extranjera

Una medida se ejecuta en una jurisdicción en beneficio de una autoridad extranjera, a veces más allá del perímetro de la solicitud o con infracción del secreto profesional. La calificación inmediata de su base jurídica y la interposición de los recursos condicionan su efectividad.

Procedimientos penales paralelos en varios Estados

Un mismo asunto se persigue simultáneamente en varias jurisdicciones. La falta de coordinación genera contradicciones entre declaraciones y escritos, explotadas por las autoridades y las partes adversas.

Controversia comercial recalificada como acción penal

Un litigio mercantil con una entidad pública o un competidor se criminaliza artificialmente, bajo calificaciones de fraude, corrupción o blanqueo de capitales. Lo que está en juego es demostrar una finalidad ajena a la cooperación penal ordinaria.

Congelación de activos y recuperación transnacional

Se congelan, incautan o reclaman activos en el marco de una recuperación transnacional. La defensa de los activos y la impugnación de las medidas se construyen en articulación con la vertiente penal, en varias jurisdicciones a la vez.

Conflicto de intereses entre la empresa y sus directivos

Una cooperación o una autodenuncia favorable a la persona jurídica debilita a personas físicas, o a la inversa. La ausencia de abogados distintos y de una estrategia anticipada crea una exposición adicional.

Crisis multijurisdiccional simultánea

Investigación, registro, congelación de activos, detención y exposición mediática se producen al mismo tiempo en varias jurisdicciones. Sin mando único ni calificación inmediata, la situación escapa a toda estrategia.

Lo que el despacho pone en práctica

El método

Una secuencia, de la calificación inmediata a la gestión de crisis, conducida expediente por expediente.

01

Calificación inmediata y aseguramiento

Calificar sin demora el marco de cada acto, su autoridad, su base convencional, su perímetro y sus garantías, y asegurar la posición: preservar el secreto profesional, encuadrar las declaraciones, verificar la regularidad de las medidas e interponer los recursos útiles dentro de plazo.

02

Cartografía de los procedimientos y de los foros

Inventariar el conjunto de los procedimientos, abiertos o previsibles, en cada jurisdicción; identificar las autoridades competentes, las solicitudes de asistencia judicial en curso, los riesgos de extradición y los frentes paralelos. Esta cartografía determina el orden de las acciones y el mando único.

03

Construcción probatoria e investigación interna

Establecer los hechos mediante una investigación interna delimitada, proteger la confidencialidad de las constataciones, documentar la cronología y organizar la prueba según lo que convenza a cada foro. La prueba se concibe autoridad por autoridad, no de manera indiferenciada.

04

Estrategia de cooperación o de confrontación

Decidir, con pleno conocimiento de causa, cooperar, negociar un convenio judicial o un deferred prosecution agreement, o impugnar; evaluar los efectos de cada opción sobre la persona jurídica, sobre los directivos y sobre los demás frentes.

05

Coordinación multijurisdiccional disciplinada

Imponer una estrategia única y una disciplina de comunicación en todos los frentes, articular a los abogados locales bajo un mando coordinador y prevenir toda contradicción entre declaraciones, escritos y respuestas a las solicitudes de asistencia judicial.

06

Gestión de crisis y entorno institucional

Activar, cuando la urgencia lo exija, una gabinete de crisis centralizada, gestionar la exposición reputacional y mediática, y estructurar el diálogo con las autoridades y las instituciones afectadas, sin sacrificar nunca los derechos de la defensa.

Dictámenes y estrategia

Dictámenes periciales, opiniones y estrategia global

Más allá del mandato de defensa, una oferta de arquitecto experto en cooperación penal internacional y en derecho internacional público.

Una oferta distinta del mandato de defensa

El despacho puede intervenir sin ser necesariamente abogado principal, en apoyo de un despacho penalista ya constituido, de una dirección jurídica, de una empresa o de una institución, cuando el expediente exige una competencia experta en derecho internacional público, cooperación penal internacional o derechos humanos que algunos equipos no dominan internamente.

Los entregables

Cartografías de procedimientos y de foros, memorandos sobre asistencia judicial, extradición y ne bis in idem transnacional, análisis de competencia de un mecanismo internacional o de la Fiscalía Europea, notas sobre el secreto profesional comparado y la confidencialidad de la investigación interna, y dictámenes de experto para un procedimiento judicial o arbitral.

Los destinatarios

Estos trabajos pueden ir destinados a una empresa, un directivo, una dirección jurídica, un despacho penalista nacional o extranjero, un equipo procesal, una institución o un órgano jurisdiccional.

El valor del despacho no consiste en prometer un desenlace: consiste en construir la arquitectura jurídica de una posición en un campo de fuerzas, con antelación y en la sombra del expediente.

Efectos obtenidos o perseguidos

Resultados anonimizados y efectos perseguidos

El despacho no publica estudios de casos nominativos. La confidencialidad de los mandatos es una condición no negociable. Los resultados que siguen se presentan por categorías de efectos obtenidos o perseguidos en expedientes de investigación internacional, criminalidad transnacional y gestión de crisis.

Marco de la coerción calificado

Calificación inmediata de las diligencias de investigación y de asistencia judicial, de las garantías aplicables y de las vías de recurso, fundamento de toda la estrategia ulterior.

Medida impugnada o acotada

Impugnación de un registro, de una incautación o de una congelación ejecutados para una autoridad extranjera, cuando la medida excede la solicitud o desconoce el secreto profesional.

Procedimientos cartografiados y frentes coordinados

Cartografía del conjunto de los procedimientos en cada jurisdicción y puesta en coherencia de las posiciones bajo un mando único, sin contradicción explotable.

Investigación interna asegurada

Conducción de una investigación interna delimitada, que preserva la confidencialidad de las constataciones y los derechos de las personas entrevistadas, sin producir las pruebas de la acusación.

Justicia negociada evaluada y estructurada

Análisis de la conveniencia y del perímetro de una autodenuncia, de un convenio judicial de interés público o de un deferred prosecution agreement, y de sus efectos sobre las personas físicas.

Activos defendidos y recuperación controlada

Defensa de los activos congelados o reclamados y articulación de la vertiente penal con la recuperación transnacional, en varias jurisdicciones.

Dictámenes periciales y opiniones de experto

Estudios confidenciales y dictámenes de derecho internacional y de cooperación penal, elaborados para un procedimiento o un órgano de decisión.

Crisis multijurisdiccional bajo control

Activación de una gabinete de crisis centralizada, calificación inmediata y coordinación de los frentes jurídicos, institucionales e informativos.

Algunas configuraciones tratadas

Por categoría y sin ningún elemento identificativo. Ilustran la naturaleza de los expedientes, no su desenlace, y no constituyen promesa ni garantía de resultado.

El marco jurídico movilizado

Textos, garantías y cooperación

Los textos, las garantías procesales y los mecanismos de cooperación en que se apoya la práctica del despacho.

01

Textos y normas

Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal (1959) y sus protocolos; instrumentos de asistencia judicial y de reconocimiento mutuo de la Unión; Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, Mérida (2003), en particular su capítulo V sobre la recuperación de activos; Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, Palermo (2000); Ley de 9 de diciembre de 2016 por la que se instituye el convenio judicial de interés público; Reglamento (UE) 2017/1939 por el que se crea la Fiscalía Europea y Directiva (UE) 2017/1371 (Directiva PIF).

02

Garantías y derechos de la defensa

Principio ne bis in idem, artículo 4 del Protocolo n.º 7 al Convenio Europeo de Derechos Humanos, artículo 54 del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen y artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión; garantías del juicio justo y de los derechos de la defensa; principio de especialidad; protección del secreto profesional y de la confidencialidad de la investigación interna, en sus variaciones comparadas.

03

Mecanismos y cooperación

Fiscalía Europea, operativa desde el 1 de junio de 2021; Eurojust y equipos conjuntos de investigación; cooperación con las Oficinas Centrales Nacionales y los mecanismos de INTERPOL en la vertiente de localización, notificaciones, difusiones y coordinación policial previa a los procedimientos de entrega o de extradición, que corresponden a las autoridades estatales y judiciales; iniciativa StAR del Banco Mundial y de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para la recuperación de activos.

04

Doctrina y directrices

Guía práctica sobre las investigaciones internas anticorrupción de la Agencia Francesa Anticorrupción y de la Fiscalía Nacional Financiera; directrices y recomendaciones de las organizaciones internacionales competentes en materia de corrupción, blanqueo de capitales y cooperación penal. Las referencias propias de cada expediente se verifican antes de su uso contencioso.

Fiscalía Europea (EPPO)EurojustUNODC · Recuperación de activos (StAR)

Cuando la presión se despliega en varios frentes a la vez, la primera decisión puede bloquear el expediente. Responder a un acto sin haber calificado su base jurídica, cooperar en una jurisdicción sin haber medido el efecto sobre las demás, llevar a cabo una investigación interna sin delimitar su confidencialidad o permitir que dos frentes se contradigan: cada uno de estos errores puede producir las pruebas de la acusación y cerrar opciones de manera irreversible. La fase de análisis condiciona el desenlace.

Preguntas frecuentes

Asistencia judicial, investigación, justicia negociada: lo esencial

Preparar el primer contacto

Documentos útiles para un primer análisis

No es necesario enviar un expediente completo en el primer contacto. Algunos elementos permiten calificar rápidamente la situación.

  • Descripción sintética de la situación y de los procedimientos en curso
  • Cronología sumaria de los hechos y de las decisiones
  • Estado o Estados implicados y autoridades que conocen del asunto
  • Solicitudes de asistencia judicial, registros, incautaciones o congelaciones de que se tenga conocimiento
  • Solicitudes de extradición u órdenes de detención, en su caso
  • Medidas de sanciones o congelaciones de activos aplicables
  • Abogados ya designados en las jurisdicciones afectadas
  • Resoluciones judiciales ya dictadas
  • Existencia de una investigación interna y su alcance
  • Plazos críticos conocidos
  • Exposición reputacional o mediática
  • Fuentes institucionales que documentan el contexto

El primer intercambio tiene por objeto calificar la urgencia y la pertinencia de una intervención. No constituye, por sí solo, un dictamen completo sobre las posibilidades de éxito.

Modalidades de intervención

Seis maneras de movilizar al despacho

Para la parte afectada, para el abogado ya designado, para un procedimiento judicial o arbitral, en prevención, o para el despacho prescriptor que externaliza un dictamen.

01

Abogado estratega, abogado principal

Abogado principal y responsable de la arquitectura estratégica global: calificación del marco, cartografía de los procedimientos y de los foros, secuenciación de las acciones, coordinación de los abogados locales y mando único en todos los frentes. Adecuado para los expedientes transnacionales de alta complejidad que exigen una visión unificada.

02

Coabogado con despacho penalista

Junto a un despacho ya designado, cuando el procedimiento nacional debe inscribirse en una estrategia internacional: asistencia judicial, extradición, ne bis in idem transnacional, articulación con la Fiscalía Europea y los procedimientos paralelos. El abogado ya designado conserva la dirección de la defensa nacional.

03

Apoyo experto confidencial

Encargos delimitados por cuenta de un despacho prescriptor: memorando sobre la asistencia judicial o la competencia de un mecanismo, cartografía de los procedimientos y de los riesgos, nota sobre el secreto profesional comparado o la confidencialidad de la investigación interna, según un alcance definido contractualmente.

04

Perito testigo y opinión profesional

Dictamen pericial sobre cuestiones de cooperación penal internacional, derechos de la defensa, ne bis in idem transnacional o derecho internacional público, para un procedimiento judicial o arbitral, con informe conforme a los estándares aplicables y disponibilidad para el testimonio oral.

05

Mandato centrado en un frente estratégico

Asunción de un frente específico dentro de una estrategia coordinada por otro abogado: impugnación de una medida de asistencia judicial, defensa frente a una extradición, recurso a un mecanismo internacional, vertiente de recuperación de activos, con rendición de cuentas al abogado coordinador.

06

Vigilancia, anticipación y prevención

Dispositivo preventivo para una empresa o un directivo expuesto: cartografía de la exposición, vigilancia de las señales de investigación, delimitación de los programas de cumplimiento normativo y de la investigación interna, y arquitectura de protección instaurada antes de la escalada.

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